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La Jabugueña comparte los puntos recogidos en el manifiesto en defensa del cerdo ibérico y sobretodo en cuanto a la clasificación de los conceptos:
A) Factor racial: Ibérico solo debe llamarse al cerdo procedente de padre y madre ibéricos. Cruzado de ibérico: al cerdo procedente de padre duroc y madre ibérica. “A las cosas hay que llamarlas por su nombre y si alguno piensa que los productos del cerdo cruzado de ibérico son de mas calidad que los de los cerdos ibéricos lo que tiene que hacer es diferenciarlos en primer lugar mediante un nombre que los distinga de los ibéricos y así pondrá en valor el producto que maneja y a su vez se pueda distinguir como tal”, exponen.
B) Factor manejo y alimentación: El cerdo ibérico tiene como imagen para el consumidor un hábitat ligado a la dehesa. “Proporcionar animales que no han visto jamás el campo bajo la denominación de producto de cerdo ibérico es cuando menos un fraude moral al consumidor”, concluyen.
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